"Salvajada legal". así califican algunos expertos el nuevo camino elegido por algunos bancos para expulsar a los propietarios que no pagan su hipoteca y que bajo el sistema actual tardan meses en conseguirlo. se trata de utilizar subastas extrajudiciales en notarios para recuperar pisos
Es un sistema previsto en la mayoría de las escrituras, pero hasta ahora apenas se había utilizado.no interviene ningún juez y si tras dos subastas por el 100% y el 75% del importe de la deuda no hay postor, los bancos pueden recuperar los pisos desde solo un euro, según la plataforma de afectados por la hipoteca (pah)
Los procesos en los que se utiliza este método aún representan un porcentaje mínimo, pero algunas entidades han disparado su uso. en cataluña, las ventas extrajudiciales se han quintuplicado desde 2009: de 21 a 111 casos (hasta diciembre de 2011). son cifras muy modestas frente a las 14.894 casos de subastas judiciales del tercer trimestre de 2011) pero han puesto a la pah en alerta
"parece que las entidades financieras no tienen bastante con un procedimiento de ejecución hipotecaria que permite la adjudicación de las viviendas por un 60% del valor de tasación y el desalojo sin contemplaciones de las personas afectadas. su avaricia no tiene límite, y algunas entidades han decidido recurrir a la subasta extrajudicial, un procedimiento aún más perverso, si cabe, que el de la ejecución judicial: más rápido (se puede resolver en tres meses), con indefensión absoluta por parte de la persona afectada (al no ser judicial, sino notarial, no se tiene derecho a la justicia gratuita) y, el colmo de los colmos, se resuelve en 3 subastas, permitiendo que si las dos primeras quedan desiertas, en la tercera la entidad se lo puede adjudicar por cualquier valor, es decir, a partir de 1 euro, quedando a la persona o familia afectada la totalidad de la deuda de por vida", señala pah
En el diario el país algún notario defiende el sistema pese a que antes del año 2000 la subasta extrajudicial había sido cuestionada por anticonstitucional. esto provocó su modificación por “venta extrajudicial” para introducir la filosofía del pacto. entre sus ventajas figurarían su rapidez y eficacia, ya que el hipotecado deja de ver cómo su deuda crece y crece y el banco recupera antes el bien. comentan que lo lógico es fijar un mínimo del 40% de la deuda -igual que en las subastas judiciales- pero también comentan que en última instancia depende de la interpretación de la ley que haga el notario que celebre la subasta. de hecho, un representante de ofideute, la oficina de mediación de la generalitat a donde han llegado casos, apuntan que la norma actual permite que a falta de postor se pueda vender un inmueble en tercera subasta por un solo euro.
Pero recurrir a la subasta extrajudicial puede llegar a no ser un camino de rosas para el banco, precisamente por lo que sigue siendo una figura minoritaria en las ejecuciones en nuestro país. según los expertos, para recurrir a esta opción, en primer lugar ha de haber sido pactada previamente, por lo que esta posibilidad debe aparecer contemplada en las escrituras de la vivienda. además, al no haber juez en el proceso, en caso de que surjan discrepancias en alguna cuestión durante la tramitación, cualquiera de los intervinientes podrá reclamar judicialmente lo que considere, llegando a la vía judicial tradicional. así, la ejecución extrajudicial de la hipoteca es un proceso conveniente para la entidad sólo cuando el inmueble esté en buen estado y ésta no prevea complicaciones durante el proceso
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