martes, 15 de diciembre de 2009

Guía rápida para pagar menos impuestos a Hacienda

A pesar de la crisis, y de los problemas económicos, la mentalidad de este país no ha cambiado y este tipo de noticias sigue siendo de las más leidas. Muchas veces para informarse de aspectos legales en los que se puede desgravar, y otras veces, -y ahí está lo grave- para engañar o estafar siguiendo siempre una máxima: "Que no te pillen".


La cuenta atrás para optimizar la factura fiscal de 2009 ya ha comenzado. Diciembre es la última oportunidad que tienen los contribuyentes para echar un vistazo a las operaciones del ejercicio y tratar de aligerar las cargas tributarias. Una acertada planificación puede cambiar el signo de la declaración de positiva –cuando hay que pagar a Hacienda– a negativa –cuando el Estado le devuelve dinero–.

Como cada año, realizar aportaciones a planes de pensiones o cuentas vivienda, amortizar algo de capital de la hipoteca, declarar el alquiler o compensar minusvalías en inversiones con plusvalías, son algunos de los movimientos que contribuyen a desgravar en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

Este año, además, hay algunas novedades a tener en cuenta. De acuerdo con el Proyecto de Ley para los Presupuestos Generales de 2010, a partir de enero se va a incrementar la tributación de las rentas del ahorro. De ahí que a algunos contribuyentes les convenga realizar sus plusvalías latentes antes de 2010.

Sáquele jugo a su hipoteca
En el momento de rendir cuentas a Hacienda, su hipoteca le servirá para aliviar ligeramente el bolsillo, después de haber estado todo el año agujereándoselo. Con el pago del crédito para la vivienda se puede obtener una rebaja en la declaración del IRPF de 1.352,25 euros, el 15% sobre un máximo deducible de 9.015 euros.
Para alcanzar el límite, es recomendable que los matrimonios presenten declaraciones individuales y, de este modo, duplicar el máximo deducible por la hipoteca hasta 18.030 euros.

Ahorre para la casa...
Las aportaciones a una cuenta ahorro vivienda –producto destinado a adquirir su primera casa– tienen el mismo tratamiento fiscal. Los titulares pueden deducir de la cuota de IRPF el 15% de las cantidades aportadas hasta un límite anual de 9.015 euros, es decir, 1.352,25 euros.
Además, a finales de 2008, el Gobierno anunció una moratoria de dos años para las cuentas vivienda, ampliando el plazo para realizar la compra de cuatro a seis años. Así, si en 2009 se cumplen cuatro años desde que se abrió la cuenta y todavía no tiene casa, el titular tiene hasta 2010 para buscar un inmueble a su medida, sin tener que devolver las deducciones acumuladas.


....O para su empresa
Si, en lugar de adquirir una vivienda, se está planteando crear una empresa en los próximos cuatro años, con un mínimo de un empleado, puede realizar aportaciones a una cuenta ahorro empresa. Dichas aportaciones tienen una deducción del 15%, con un máximo de 9.000 euros anuales, por lo que puede desgravar hasta 1.350 euros. Puede ver más en el Real Decreto-Ley 2/2003, de 25 de abril.


Planes de futuro
Otro de los productos bancarios con mayor tirón en la recta final del año son los planes de pensiones. Por estas fechas, cada ejercicio, las entidades financieras lanzan agresivas campañas de fondos de pensiones que permiten reducir las aportaciones de la base imponible del IRPF. Es decir, pueden desgravarse (con ciertos límites) sobre lo que se tendría que pagar a Hacienda.
Actualmente, el elevado déficit del Estado ha provocado que surjan dudas sobre la sostenibilidad del actual sistema de pensiones público. De ahí que cada vez más ciudadanos estén planteándose la necesidad de suscribir un plan de pensiones para garantizar su estabilidad en el momento de la jubilación.

De acuerdo con la Ley 35/2006, los menores de 50 años pueden desgravar la menor de las siguientes cantidades: O 10.000 euros –aportación máxima que pueden realizarse– o el 30% de sus ingresos por rendimientos del trabajo y actividades económicas. Los mayores de 50 años pueden reducir la menor de las siguientes cantidades: 12.500 euros o el 50% de sus ingresos.
También desgravan las aportaciones realizadas al plan de pensiones del cónyuge, si éste no percibe rentas o sus ingresos anuales son inferiores a los 8.000 euros. En este caso el límite para reducir de la base imponible es de 2.000 euros. También desgravan las aportaciones a los planes de personas discapacitados (con minusvalías superiores al 65%).

Pérdidas versus ganancias
Los expertos recuerdan que en estas fechas conviene repasar el resultado de las declaraciones de años anteriores, por si hubiese minusvalías pendientes de compensar. Mientras que en 2008, el Ibex perdió un 39%, este ejercicio se apunta un 26%. En este sentido, los inversores en bolsa que el año pasado acumulasen pérdidas no compensadas podrán reducir su factura fiscal este año, siempre que ya hayan integrado las ganancias de este ejercicio.
“Hay que tener en cuenta que no todas las pérdidas sirven para compensar ganancias”, explica José Manuel Ortiz, abogado de Cuatrecasas. Recuerda que, dentro de los rendimientos del ahorro, hay que distinguir, por un lado, los rendimientos de capital mobiliario positivos y negativos, y, por otro lado, las ganancias y pérdidas patrimoniales.
Al primer grupo (rendimientos de capital mobiliario) pertenecen los intereses generados por depósitos, deuda pública y privada, dividendos y participaciones en beneficios de empresas, participaciones preferentes y rendimiento de operaciones de seguros de vida, entre otros.
Por otro lado, las ganancias y pérdidas patrimoniales de la base del ahorro engloban a las rentas generadas por transmisiones de valores de renta variable, fondos de inversión y sicav, derivados (opciones, futuros, warrants, swap) y transmisiones de inmuebles, terrenos, etc.


Plusvalías bursátiles
Esto significa que las plusvalías obtenidas este año en la bolsa tendrán que compensarse con minusvalías de la misma naturaleza. Para ello, se recurrirá a las pérdidas sufridas en el mismo periodo (2009), pero si el saldo sigue siendo positivo, las ganancias pueden neutralizarse con las pérdidas cosechadas en los cuatro años anteriores.
Éste es el último ejercicio para compensar las minusvalías de 2005, que deberán haberse generado en inversiones a más de un año.

2 comentarios:

  1. ¿ Y quienes no cobran un euro por estar desempleados y sin ningún tipo de prestación?

    ¿ Eso no desgrava?

    Debería haber una renta mínima, de unos 12 o 15.000 € para lo más básico ( comida, ropa, transporte, VIVIENDA...).

    ¿ De que sirven entonces los Derechos Humanos, para hacer cartelitos?

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  2. ACABO DE HEREDAR UNOS AHORROS,Y LA MITAD DE UN PISO EN PROPIEDAD.CUANTO TENGO QUE PAGAR A HACIENDA,Y A PARTIR DE QUE CANTIDAD HAY QUE EMPEZAR A PAGAR.MUCHAS GRACIAS

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